Tu Negocio y la Facturación Elelectrónica, Ciudad Juárez
Oct. 12, 2014, 10:10 a.m.
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La nueva modalidad de Facturación electrónica (CFDI), es obligatoria a partir del 01 de enero de 2014, todos los contribuyentes deben emitir facturación electrónica, excepto las personas físicas cuyos ingresos durante 2012 no hayan excedido de 500,000 pesos, quienes tienen tres meses más para migrar a este esquema, de acuerdo al Servicio de Administración Tributaria (SAT), lo cual nos inmerse a todos en el mundo de la tecnología por muy grande o pequeño que sea nuestro negocio, trayendo consigo algunos beneficios como: automatizar y simplificar procesos, elimina la logística de entrega y envío de mensajería, permitiendo la contabilización automática, agiliza procesos internos, disminuye tiempos de pago, permitiendo corroborar la veracidad de la información, ahorrando en papel, tiempo y costos de transporte, entre otros.
Lo primero que hay que hacer es contar con un equipo de computo e internet, y después reunir los siguientes requisitos técnicos y legales: tramitar la firma electrónica (FIEL), así como también el certificado de sello digital (partir del 01 de enero de 2012, tienen una vigencia de 4 años) ambos atravez del SAT y contar con un servicio de timbrado, que lo puedes obtener gratuito por medio del portal de internet del SAT o contratando un proveedor certificado.
El siguiente paso a realizar es el proceso de Timbrado fiscal digital, en cual se desprenden la validación, asignación del folio fiscal UUID (por sus siglas en inglés significa Identificador Universalmente Único) y la obtención del sello electrónico del SAT, este es generado a partir del certificado de sello digital y de la cadena original de cada factura, por lo que dicho sello será diferente para cada transacción y nuestra factura estará lista en su formato electrónico (XML) para hacerla llega al cliente por correo electrónico, la cual hay que almacenar en medios magnéticos, ópticos o cualquier otro almacenamiento informático, siempre recomendando que esta tecnología del medio de almacenamiento este actualizada.
Todos los emisores de facturas electrónicas están obligados a poner a disposición de sus clientes receptores el archivo XML. Sólo si el receptor lo solicita, deberán entregar la representación impresa adicionalmente, con estos archivos XLM los contribuyentes podrán hacer sus deducciones fiscales correspondiente, ya que la representación impresa, únicamente presume la existencia de dicho comprobante fiscal. Los contribuyentes que realicen facturas al público deberán utilizar el siguiente RFC XAXX010101000 en su factura diaria, semanal o mensual.
Para realizar la cancelación de una factura electrónica el contribuyente emisor, deberán hacerlo con su Certificado de Sello Digital, por medio del portal de internet del SAT, si es persona física no necesitan sello digital, pueden hacer con su firma electrónica.